Una reforma decepcionante para todos

El Consejo de Ministros ha remitido a las Cortes, para que sea aprobada con urgencia, la modificación de la Ley de Reproducción Humana Asistida que ha seguido las indicaciones del Informe del Comité Asesor de Ética; en el que se aconseja que los embriones congelados se utilicen para experimentar.

Este controvertido Informe ha recibido todo tipo de críticas. Se ha dicho de él que 6 de los 12 miembros del Comité que lo ha elaborado pertenecen a campos tan diversos de la Ética como la Meteorología, la Industria Química, la Tecnología de Materiales, el Electromagnetismo, la Tecnología de Alimentos y la Arquitectura de Computadores. Sin embargo, resolvieron pronto el problema: los embriones que no se implantense utilizarán para investigación.

Se ha dicho también que se oculta la verdad a los ciudadanos, que se vale de eufemismos y estrategias semánticas que debilitan el significado moral de la experimentación con embriones viables. Que se engaña a los ciudadanos de buena fe, que creen que es cierto que los embriones van a curar de alguna dolencia. Se compara, inadecuadamente, la donación de órganos de personas adultas con la utilización de las estructuras biológicas del embrión. Pero la primera tiene lugar tras el fallecimiento del paciente, sin embargo al embrión se le da muerte intencionadamente para utilizar sus células vivas.

Antes de seguir adelante conviene destacar dos puntos como cuestión previa a la interpretación de la reforma:

1º Hasta ahora nadie ha demostrado que la vida de los embriones congelados no sea plenamente humana. Afirmar que no es todavía persona es una apreciación subjetiva que carece de fundamento lógico, y no pertenece al orden racional desde el momento en que no se define lo que es ser persona. Sin embargo, la evidencia científica de que son individuos de la especie humana es irrefutable.

2º Ningún embrión ha curado ni va a curar, previsiblemente en muchos años, a nadie de nada. Cuando tal suceda, si llega a suceder, éstos embriones, por su procedencia, pueden producir (hay estudios que lo demuestran) rechazo en el paciente y previsiblemente formas tumorales. Las células adultas, por el contrario, están demostrando ventajas sobre las embrionarias. Recientes artículos de revistas del máximo prestigio, (Nature, Science, The Lancet, Cell...) han demostrado, entre otros, su éxito frente a la regeneración de tejidos en pacientes con insuficiencia cardiaca grave con transplantes de células de la médula ósea del propio paciente. Últimamente aparecen constantemente nuevos descubrimientos científicos que demuestran su eficacia.

Esta reforma resulta de todo punto precipitada e inoportuna. Entre otras razones porque no se ha dado a conocer el Anteproyecto hasta después de su presentación al Consejo de Ministros, sin que se haya celebrado el debate social anunciado en el Informe citado. Los propios miembros de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida, convocados precipitadamente, recibieron el documento la víspera, según declaraciones del Profesor Atienza en el diario el País explicando que tan sólo tuvieron unas horas para estudiarlo, reflexionar y emitir su opinión.

Llama la atención este súbito deseo del Gobierno por resolver la acumulación de embriones congelados, que contrasta con el desinterés que ha mostrado hasta ahora por constituir el Registro Central de donantes y Pre-embriones previsto en el Decreto 412/1996.

No es explicable que no se haya suspendido cautelarmente la congelación. Hay países como Alemania donde sólo se fecundan los óvulos que se van a implantar. Tampoco se entiende por qué no se ha dado a conocer su número siendo así que, a tenor del Real Decreto 413/ 1996, las clínicas necesitan un permiso del Ministerio de Sanidad que los tiene perfectamente censados. Ante tal falta de control se han desmesurado las cifras como si el problema ya se hubiera ido de las manos.

También sorprende que se sigan poniendo dificultades al uso de ovocitos congelados, siendo éstauna alternativa para las parejas que permite congelar semen y ovocitos sin necesidad de congelar embriones. Ya en el año 1997 en Italia, un equipo de la Universidad de Bolonia, dirigido por el Profesor Carlo Flamigni, y en Estados Unidos expertos de la clínica Reproductive Biology Associates de Atlanta, habían anunciado el nacimiento satisfactorio del primer bebé con esa procedencia. La Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida hace ya más de cuatro años recomendó la utilización de esta técnica sin necesidad de autorización expresa para cada caso particular. Recientemente ha nacido en Barcelona una niña por ese procedimiento. España es el único país donde existen estas limitaciones.

La reforma de la Ley se propone dos objetivos: uno que declara, pero que no cumple, resolver el problema de la acumulación de embriones. Otro menos explícito que cumple plenamente: utilizar para experimentar los embriones humanos, sean viables o no.

Principales objeciones a la reforma

Se distinguen dos clases de embriones congelados: los que tienen derecho a la vida, que se van a desarrollar en el seno de la madre o se donarán a otra mujer a tal fin. Y los restantes que, sean o no viables, se someterán a un procedimiento especial de descongelación que los fragmentará para que las células sigan vivas, y así poderlas utilizar para investigación.

La ley que se va a modificar respetaba, al menos, la dignidad y la vida de los embriones que fueran viables. La actual modificación empeora notablemente la situación; convierte en inviables a los que no lo son y les denomina “estructuras biológicas”. Este es el punto clave, redactado subrepticiamente de modo que quien no esté versado en estas materias difícilmente se apercibe de la manipulación. El ciudadano común cree que solamente se utilizarán para experimentar los embriones que no sean aptos para su ulterior desarrollo.

Contraviniendo el propósito de la reforma se admiten nuevas congelaciones. Se deja abierta la posibilidad de continuar congelando en casos “excepcionales”, y estas vidas latentes que no se implanten, una vez superado el plazo previsto por la ley se encontrarán exactamente en la misma situación que los actuales que se van a destruir. No es difícil adivinar su destino, la reforma prepara una nueva cantera para futuros experimentos. Cualquier persona se preguntará, con razón ¿qué sentido tiene continuar congelando embriones si existir la posibilidad de utilizar óvulos congelados?

Otro punto sobre el que cabe llamar la atención es que se responsabiliza a los padres respecto de los embriones. Este hecho pretende investir de legalidad una previsión en contra de las leyes vigentes que exigen que el consentimiento se emita siempre a favor del hijo, no siendo válido si es para destruirlo. Si no se manifiestan los padres en el plazo de un año se utilizarán para investigar.

Se dice que la reforma es un avance, respecto a la ley 35/88, porque impide la reducción embrionaria. Esta práctica, que consiste en abortar los embriones ya implantados en el útero materno que superen el número deseado, ya está sancionada como delito de aborto en el Código Penal. Recordemos quese actúa sobre un embrión ya implantado en la madre cuya protección legal es indiscutible. Actualmente los ginecólogos no implantan más de tres embriones por ser el número médicamente indicado. Con el cumplimiento de la ley no es necesaria ninguna modificación que, contrariamente a lo que aparenta, le da carta de naturaleza a la reducción embrionaria al reconocer que se practica impunemente.

Los Comités de Bioética de los principales Organismos Internacionales, a los que España pertenece y en los que se encuentran sus representantes (Consejo de Europa, Parlamento Europeo...) todavía no han llegado a conclusiones definitivas. Los grupos de trabajo siguen reflexionando y debatiendo para encontrar una definición del estatuto del embrión humano que reconozcan todos los miembros de la Unión Europea. También el Comité Internacional de Bioética de la UNESCO está estudiando y profundizando en el mismo. La Declaración de UNESCO condena, en el artículo 11, las prácticas contrarias a la dignidad humana. En todos ellos se reconoce que la ciencia es un instrumento al servicio del ser humano, sin que por ello se menoscabe el gran interés de la investigación científica. Y la Asociación Médica Mundial en varias Declaraciones se ha manifestado en el mismo sentido.

El Parlamento Europeo se ha opuesto contundentemente a la destrucción de los embriones por ir “en contra del orden público y de la moralidad”. Por su parte el Consejo de Europa en el Convenio relativo a los Derechos Fundamentales y la Biomedicina, que España ha ratificado y que con esta modificación de la ley se infringe, establece en su artículo 18, que “Cuando la experimentación con embriones in vitro esté admitida por ley, ésta deberá establecer una protección adecuada para el embrión”.

¿Cómo se puede pretender con semejante reforma, que va a permitir la fragmentación deliberada de los embriones y reducirlos a estructuras biológicas, cumplir la norma que el propio Estado ha incorporado recientemente a nuestro Derecho interno al aprobar el Convenio?

Los progresos de las ciencias biomédicas no reconocen fronteras nacionales porque el fenómeno de la globalización comprende no sólo la política y la economía, sino también la ciencia. El ámbito internacional en que se desarrollan los acontecimientos hace necesaria una legislación que unifique criterios para obtener una valoración ética y jurídica adecuada. Los avances en medicina y genética requieren medidas urgentes de coordinación legislativa. La bioética se ha convertido en un instrumento de armonización, que garantice que la aplicación de la biotecnología a los seres humanos respeta la dignidad de la persona y los derechos que le son inherentes. El Gobierno con esta reforma está creando reductos biomédicos.

Si no se respeta la dignidad ontológica del embrión como individuo de la especie humana, no tiene sentido hablar de Estado de Derecho. La dignidad de la persona es el fundamento del orden jurídico y de la paz social (Art. 10 Constitución Española).

María Dolores Vila-Coro

Directora de la Cátedra de Bioética de UNESCO

Publicado en La Razón (suplemento de Salud)
El 9 de octubre de 2003

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